miércoles, 6 de diciembre de 2017

A la hoguera!

Hoy hago mías las palabras de Benet Salellas, que publicó el 4 de diciembre un artículo de opinión en el diario digital Vilaweb, originariamente en catalán, y que transcribo literalmente pero traducido al castellano. No sólo suscribo su opinión, sinó que además reconozco que no podría expresarla mejor que él. Ahí queda para una reflexión profunda:

Escribo estas líneas exclusivamente como jurista, no podría hacerlo de otra manera porque el PSOE, el PP y Ciutadans, con sólo el 39,1% de los votos emitidos en las elecciones al parlamento, me arrancaron la condición de diputado hace ya treinta y siete días. Y lo hago porque nadie que crea en el derecho puede mostrarse indiferente ante la resolución dictada hoy por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena y los argumentos que contiene.

A los que dicen que no hay presos políticos les pediría que leyeran la resolución del día 4 de diciembre sobre Oriol Junqueras, Joaquim Forn y los dos Jordis, que explica que los encausados ​​tienen riesgo de reiteración delictiva porque son independentistas: [Página 15] 'de un lado todos los investigados en el proceÂdimiento comparten -y reconocen que todavía mantienen-, la misma aspiración que impulsa el comportamiento que se investiga, esto es, la voluntad de que el territorio de la Comunidad Autónoma en la que residen, constituya la base territorial de una nueva república.' Este párrafo es bastante clarividente: el comportamiento que se investiga es un proyecto político, una idea, contraviniendo un principio básico del derecho penal de cualquier democracia de mínimos recogido en el aforismo "cogitationes poenam nemo patitur", nadie  puede ser castigado por su pensamiento. Los pensamientos no delinquen, son los hechos los que generan responsabilidades.

A los que dicen que no hay presos políticos les pediría que continuaran leyendo el fragmento en el que explica que para valorar si hay riesgo de reiteración delictiva o no, para justificar la prisión provisional, se parte del supuesto de que 'los investigados abjuraron de ese comportamiento para el futuro'. Esto no es compatible con el artículo 16 CE, que recoge la libertad de creencia y de ideología, y que prohíbe a los poderes públicos interrogar a la ciudadanía al respecto. La máxima autoridad judicial española utiliza como argumento de prisión no sólo las ideas o creencias del acusado sino que permite que en una declaración se pueda producir un acto como el de abjuración, una acción vinculada sobre todo a la fe y las convicciones y que en el propio lenguaje ha estado ligada a la Inquisición bajo expresión 'abjurar de la herejía' (Alcover-Moll). Abjuración y administración de justicia democrática son conceptos antagónicos.

A los que dicen que no hay presos políticos les pediría que reflexionaran sobre un texto que recuerda a los encausados ​​ahora puestos en libertad en relación con el acto de abjuración de sus convicciones que 'si el resultado de las elecciones del 21-D termina facilitando a los investigados una capacidad decisoria semejante a la que tuvieron de ser mendaces sus afirmaciones, las medidas cautelares podían ser modificadas', por tanto, no tiene ningún inconveniente en interferir en los proyectos políticos de un hipotético gobierno que surja del proceso electoral abierto, vulnerando los roles de independencia y de separación de poderes que corresponden al poder judicial. Una visión que, además, ataca el derecho de participación política de los ciudadanos en tanto que condiciona la libertad de los proyectos políticos que pueden escoger y limita la capacidad de los electos.

A los que dicen que no hay presos políticos les pediría que pensaran sobre la afirmación que hace el juez Llarena cuando analiza las movilizaciones independentistas, en conjunto, como una amalgama, en un ejercicio de causa general y dice que 'se constata la infiltración de numerosos comportamientos violentos y agresivos, que reflejaban el violento germen que arriesgaba expandirse'. En una causa contra el gobierno catalán y los líderes del ANC y OC uno no sabe bien de qué habla, pero el juez infringe un principio esencial del derecho penal que es actuar siempre tan sólo por hechos pasados, nunca por hechos futuros. No hay derecho penal preventivo en un estado que se considere de derecho.

A los que dicen que no hay presos políticos les pediría que razonaran sobre una resolución que critica el hecho de que en la determinación del gobierno se cuente con la sociedad civil: la participación de la gente como elemento incriminatorio penal. Así, el auto apunta como elemento del plan delictivo que 'se especifica que esta determinación debe compartirse por la ciudadanía que las preste soporte. (...) la ciudadanía debe implicarse de manera activa'. Y no hay nada más propio de un plan democrático y conforme a la misma constitución que unos poderes públicos que faciliten la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social (art. 9 CE). No debería ser algo extraordinario en nuestro sistema institucional, y mucho menos delictivo.

A los que dicen que no hay presos políticos les pediría que relean esta resolución judicial relacionándola con la que el mismo juez dictó el 9 de noviembre sobre la mesa del parlamento para comprobar que la tesis de fondo era que la indisolubilidad de la nación española es un bien a proteger por encima de todo y que se instrumentaliza el procedimiento penal con este objetivo hasta donde sea necesario, por todos los medios. Cuando decisiones judiciales de esta importancia parten, como hace el propio Llarena, de una determinada lectura de la constitución y los derechos colectivos, afirmando que no hay posibilidad de negociar sobre la independencia ni de articular una vía legal a la construcción de la república catalana, lo que le permite inferir directamente que cualquier contribución al plan independentista es directamente delictiva, no sólo anula los principios básicos de la Constitución de 1978 -que están más allá del artículo 2 y la indisolubilidad de España- y los tratados internacionales suscritos por España, sino que expulsa del ordenamiento jurídico a millones de ciudadanos.

Por eso, aquellos que conformamos la curia que debe ejercer en esos tribunales y que somos herejes observamos cómo caen una tras otra todas y cada una de las proclamas garantistas del texto constitucional y como, desprendiéndose de la legitimidad que confiere la justicia, esta administración es cada vez menos derecho y más fuerza bruta. Ya vemos de lejos las llamas de la hoguera.

El artículo original puede consultarse en
https://www.vilaweb.cat/noticies/a-la-foguera-opinio-contundent-benet-salellas/



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